Las Comunidades de Propietarios están obligadas a cumplir con la LOPD
¿Una comunidad de propietarios tiene que estar en la Agencia de Protección de Datos?
Nos encontramos con muchas Comunidades de Propietarios que desconocen la Ley de Protección de Datos. Los siguientes artículos se dedican a esta materia, y el desconocimiento de la ley no se cumple.
Al estar tratando con datos personales tales como nombres y apellidos, DNI, direcciones, número de cuentas, etc., las Comunidades de propietarios sí están obligadas a cumplir con la LOPD.
En este caso no es necesario que los vecinos den su autorización, pero sí deben ser notificados previamente indicando el responsable de los archivos, su finalidad, su ubicación, el tipo de datos personales que contiene, el sistema de tratamiento empleado, el colectivo de personas sobre las que se obtienen los datos, la categoría de los mismos, las medidas de seguridad, la indicación del nivel básico, el medio alto exigible y las cesiones de los datos de carácter personal que se debe realizar.
El responsable de los archivos es la Comunidad de propietarios, el administrador de las empresas, el administrador de las redes, la gestión y la tramitación de la cuenta del responsable.
Respeto a la custodia de la documentación, lo más habitual es que el propio Administrador de Fincas se encargue de ella, en sus dependencias y sistemas de información.
Hay que cumplir con los requisitos de la ley de salud de la comunidad.
Las respuestas oscilarían entre 900 y 300.000 euros, según el tipo de infracción. Si fuera de las tumbas más grandes (hasta que no se considero que pueda darse en una Comunidad de propietarios) se alcanzará hasta los 600.000 euros.
No dude en consultarnos si tiene alguna cuestión al respecto. Y por favor, no olvides compartir.
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